Es importante que conozcas tus derechos para que los cobradores de deudas no se aprovechen de ti.
¿Qué pasa si un cobrador de deudas me insulta o me dice que puedo ser arrestada?
Las leyes federales y estatales prohíben que los cobradores de deudas acosen a la gente. Eso significa que ellos no te pueden mentir, maldecir, insultar ni usar lenguaje ofensivo. Mantén un registro/archivos de las llamadas acosadoras que recibes y asegúrate de guardar todas las cartas o correos electrónicos que recibes. Incluso podrías considerar grabar las llamadas acosadoras de los cobradores de deudas.
A continuación, encontrarás una lista específica de lo que los cobradores de deudas no pueden hacerte:
Acoso. Los cobradores de deudas no deben acosarte, presionarte o abusar de ti o de terceras personas que ellos contacten. Por ejemplo, ellos no deben:
- Usar amenazas de violencia o de daño;
- Publicar una lista con los nombres de las personas que se rehúsan a pagar sus deudas (aunque sí pueden proporcionar esa información a las compañías de informes del consumidor);
- Usar lenguaje obsceno o vulgar; o
- Usar el teléfono de manera repetida para molestar a alguien.
Declaraciones falsas. Los cobradores de deudas no deben mentir cuando están tratando de cobrar una deuda. Por ejemplo, ellos no deben:
- Afirmar falsamente que son abogados o representantes del gobierno;
- Afirmar falsamente que tú has cometido un delito;
- Declarar falsamente que operan o trabajan para una compañía de informes del consumidor;
- Distorsionar la cantidad que debes;
- Señalar que los documentos que te enviaron son formularios legales cuando no lo son; o
- Señalar que los documentos que te enviaron no son formularios legales cuando sí lo son.
Amenazas. Los cobradores de deudas también tienen prohibido decir que:
- Serás arrestada si no pagas tu deuda;
- Van a confiscar, embargar, incautar o vender tu propiedad o tus salarios a menos que la ley se los permita y planeen hacerlo; o
- Van a tomar acciones legales en tu contra si ello implica algo ilegal o si no tienen intenciones de hacerlo.
Los cobradores de deuda no deben:
- Dar información crediticia falsa sobre ti a nadie, incluyendo a una compañía de informes del consumidor;
- Enviarte algo que parezca ser un documento oficial de un tribunal o de una agencia gubernamental sin serlo; o
- Usar un nombre de compañía falso.
Métodos injustos. Los cobradores de deudas no deben emplear métodos injustos para cobrar una deuda. Por ejemplo, no deben:
- Tratar de cobrar intereses, cuotas u otros cargos adicionales a la cantidad que se debe, a menos que el de crédito original –o la ley de tu estado- permiten los cargos;
- Depositar un cheque con fecha futura antes de tiempo;
- Tomar o amenazar con tomar tu propiedad a menos que puedan hacerlo legalmente; o
- Comunicarse contigo a través de una tarjeta postal.
La información anterior fue tomada de los recursos proporcionados por la Comisión Federal de Comercio.
¿Debería pagar parte de mi deuda forzada?
No. No pagues la deuda antes de disputar la deuda. Al hacerlo podrías renunciar tu posibilidad de disputar la deuda en el futuro. En Texas, los cobradores de deudas generalmente tienen solo cuatro años a partir del momento en que la cuenta se dejó de pagar para iniciar una demanda para cobrar la deuda. Si haces un pago sobre la deuda, aun parcial, el plazo de cuatro años podría volver a empezar.
No saques un préstamo para pagar una deuda que no tomaste o que tomaste porque te forzaron.
Tu siguiente paso: Si la deuda no es tuya o si fuiste forzada a tomarla por parte de una persona abusadora, toma medidas para disputar la deuda. En la Guía 4 encontrarás información sobre cómo hacerlo.